Tipos de contratos de trabajo en España en 2024

Tipos de contratos de trabajo en España en 2024

14 Noviembre 2024

Como responsable de recursos humanos, mantenerte al día sobre los diferentes tipos de contratos de trabajo que existen en España es fundamental para gestionar eficazmente el talento de tu empresa.

El panorama laboral español está en constante evolución, y 2024 no es una excepción. Así que a continuación, vamos a ver los diferentes tipos de contratos de trabajo que tienes a tu disposición, sus características y cómo sacarles el máximo partido. ¡Vamos allá!

Contrato indefinido

El contrato indefinido es como el "para siempre" de las relaciones laborales. Es ese acuerdo entre empresa y empleador que no tiene fecha de caducidad; y puede ser a jornada completa, parcial o incluso en formato fijo-discontinuo para aquellos negocios con temporadas altas y bajas. Pero ojo: que sea indefinido no significa que sea eterno. Simplemente, no tiene una fecha de finalización predeterminada.

Ahora bien, seguro te estarás preguntando: ¿Cuándo es más adecuado utilizar un contrato indefinido? Para responder a esta pregunta, a continuación, te compartimos algunas situaciones clave en las que esta modalidad de contratación es la más recomendable:

  • Para puestos estables y permanentes.
  • Cuando buscas fidelizar el talento.
  • Para cumplir con la normativa.
  • Para trabajos estacionales o con períodos de actividad intermitente pero recurrentes.
  • Si un empleado ha estado contratado temporalmente durante 18 meses o más en un periodo de 24 meses, ya sea de forma continua o intermitente, la ley establece que su contrato se convierte automáticamente en indefinido.

Contrato temporal

Aunque la tendencia de hoy en día es reducir la temporalidad, los contratos temporales siguen siendo una herramienta valiosa en el arsenal de RRHH. Desde el contrato por circunstancias de la producción, perfecto para esos picos de trabajo inesperados, hasta contratos específicos para sectores como la construcción o la hostelería, cada uno tiene sus propias reglas del juego y conocerlas bien te dará una ventaja competitiva a la hora de gestionar tu plantilla.

Contrato por circunstancias de la producción

Un contrato por circunstancias de la producción es el as bajo la manga que permite a tu empresa contratar empleados por un periodo limitado para cubrir aumentos puntuales e imprevistos en la actividad o demanda. Su duración máxima es de 6 meses, ampliable a 12 meses por convenio colectivo.

Sin embargo, cabe destacar que no se puede aplicar en todo momento. Solo para situaciones excepcionales y no recurrentes. Entre estas se incluyen:

  • Cuando hay un aumento repentino e inesperado de trabajo.
  • Para cubrir las vacaciones de empleados.
  • En situaciones previsibles pero de corta duración (máximo 90 días al año).

También, hay que recalcar que no todas las industrias pueden utilizar este tipo de contrato de trabajo. Entre las que pueden recurrir a él se encuentran:

  • Comercio minorista.
  • Logística y transporte.
  • Hostelería y turismo.
  • Industria manufacturera.
  • Empresas del sector metal.
  • Empresas de regalos o productos estacionales.

Contrato en prácticas

El contrato en prácticas puede ser la mejor apuesta, si tu empresa está buscando una forma inteligente de fidelizar talento joven. Pero, ¿quién puede firmar un contrato en prácticas?

Pues bien, para empezar, este contrato está pensado para titulados recientes. El candidato debe tener un título oficial reconocido por el sistema educativo español y ser menor de 30 años. La gran ventaja de este tipo de contrato de trabajo es que hay un margen de hasta 5 años desde que terminaron sus estudios para ofrecer esta oportunidad.

Y eso no es todo. Se puede ajustar la duración del contrato según las necesidades de tu empresa. El mínimo son 6 meses y el máximo 2 años. Y si te gusta cómo trabaja el empleado, se puede prorrogar el contrato hasta dos veces, siempre que cada prórroga sea de al menos 6 meses.

En cuanto al salario, hay cierta flexibilidad. El mínimo es el 60% del sueldo de un empleado en condiciones similares durante el primer año, y sube al 75% en el segundo. Pero ¡cuidado!, nunca puede ser inferior al salario mínimo interprofesional. Es decir, durante el primer año el mínimo que podrías aplicarle al empleado sería de 680.4 euros; y durante el segundo, 850.5 euros.

Y si bien están en prácticas, estos empleados tienen derechos importantes que se deben respetar. Estos incluyen:

  • Derecho a un itinerario de formación.
  • Al finalizar, deben recibir una certificación del contenido de la práctica realizada.
  • Cotización a la Seguridad Social. Por tanto, tienen derecho a prestaciones como el paro.
  • Vacaciones: ¡Sí, las tienen! Igual que cualquier otro empleado, unos 30 días naturales o 22 laborables al año.

Contrato de formación en alternancia

El contrato de formación en alternancia es una modalidad, de mínimo 3 meses y máximo 2 años, que permite formar a futuros profesionales mientras contribuyen a tu negocio. La gran ventaja de este contrato es que puedes adaptarlo a las necesidades específicas de tu sector.

Por ejemplo, si eres una empresa tecnológica, puedes diseñar un programa que combine formación en programación con proyectos reales. Además, cuentas con bonificaciones en las cuotas empresariales, lo que reduce significativamente el coste laboral.

En cuanto a la jornada, esta es adaptable: el primer año, el 65% del tiempo se dedica al trabajo efectivo y el 35% a la formación. En el segundo año, la proporción cambia a 85% trabajo y 15% formación.

Contrato fijo discontinuo y contrato 300

En realidad, el contrato fijo discontinuo y el contrato 300 son esencialmente lo mismo. El término "contrato 300" es simplemente una referencia al código utilizado en los modelos oficiales de contrato para la modalidad de fijo discontinuo. Algunas personas usan estos términos de forma intercambiable, lo que puede causar confusión. Vamos a aclarar a continuación los puntos clave:

  • Naturaleza del contrato: Ambos son contratos indefinidos con periodos de actividad e inactividad.
  • Objetivo: Se utilizan para trabajos de naturaleza estacional o vinculados a actividades intermitentes.
  • Derechos del empleado: En ambos casos, el empleado tiene derecho a mantener su puesto de trabajo y ser llamado cuando la actividad se reanude.
  • Formalización: Tanto el contrato fijo discontinuo como el contrato 300 deben formalizarse por escrito.
  • Cotización y prestaciones: En cualquier escenario, el empleado cotiza a la Seguridad Social de manera común y tiene derecho a prestación por desempleo.

Otros tipos de contrato de trabajo

Además de los contratos mencionados, existen otras modalidades que pueden ser útiles en situaciones específicas. Por ejemplo, el contrato de relevo es ideal si tienes empleados cercanos a la jubilación y quieres facilitar un traspaso de conocimientos gradual.

El contrato de interinidad (como un contrato de sustitución por baja médica), por su parte, te permite cubrir bajas temporales o excedencias. Es especialmente útil en sectores como la sanidad o la educación, donde las bajas son frecuentes y es crucial mantener el servicio.

Por supuesto, no olvidemos que también existen contratos específicos para colectivos como personas con discapacidad o en riesgo de exclusión social. Estos contratos permiten cumplir con la responsabilidad social de tu empresa y también suelen contar con importantes bonificaciones.

¿Todos los tipos de contrato de trabajo tienen derecho a retribución flexible?

La respuesta es que, en general, sí. Tanto los contratos indefinidos como los temporales pueden beneficiarse de planes de retribución flexible. Sin embargo, en el caso de contratos de muy corta duración o contratos formativos, puede ser más complicado implementarlos de manera efectiva.

Conclusión

Como has visto, el panorama de contratos laborales en España para 2024 ofrece una amplia gama de opciones para adaptarse a las necesidades de tu empresa. Por tanto, la clave está en conocer bien cada tipo de contrato de trabajo y utilizarlo de manera estratégica para lograr tus objetivos como empleador.

 

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