Plus de antigüedad según el Estatuto de los Trabajadores

Plus de antigüedad según el Estatuto de los Trabajadores

25 Septiembre 2024

El plus de antigüedad es un elemento crucial a la hora de calcular el dinero extra que puede cobrar un empleado cuando lleva tiempo desempeñando la misma labor. Se trata de una compensación por la fidelidad y dedicación al trabajo, y está regulado en el Estatuto de los Trabajadores en España.

Sin embargo, a pesar de la importancia de esta figura, puede ser complicado saber exactamente cuánto corresponde al trabajador si lleva un tiempo en la misma empresa o puesto de trabajo. Para aclarar todas las dudas, en este artículo entraremos a estudiarlo en detalle.

¿Qué es un plus de antigüedad según el Estatuto de los Trabajadores?

El “plus de antigüedad” es una compensación económica que las compañías le hacen a sus empleados según los años que lleven en su puesto de trabajo. La intención es premiar la lealtad y reconocer la experiencia que este ha obtenido a lo largo de los años. 

Por lo general, se suele calcular por tramos o periodos de tiempo, como los trienios, que consistirían en 3 años; y su remuneración exacta dependerá del convenio colectivo del sector en el que opere la empresa. 

Y es que el Estatuto de los Trabajadores no lo menciona exactamente, sino que deja en manos del convenio colectivo decidir si establecen su conveniencia y la forma en que este deberá ser computado. Así, incluso, en algunos sectores este plus ha sido sustituido o absorbido por otras partidas salariales u otros incentivos.

Naturaleza del plus de antigüedad: ¿el plus de antigüedad es salarial o extrasalarial?

Entender si el plus de antigüedad se considera salarial o extrasalarial es esencial tanto para empleados como para empleadores. Esta clasificación afecta a cómo se trata el bono en relación con impuestos, beneficios y protecciones legales.

¿Entonces a qué tipo de complemento corresponde? Pues bien, el plus de antigüedad es un complemento salarial. Sobre la base de que es un pago que se hace para renovar la relación con el trabajador conforme el tiempo transcurrido, el plus de antigüedad se considera un indicador de retribución por la prestación de servicio a lo largo de estos años, es decir, un retribución directa por años de trabajo. 

Debido a esta característica, tiene algunas consecuencias y características propias. Por ejemplo, se entiende que es de naturaleza salarial, y por lo tanto cotiza en la Seguridad Social, incrementando las bases de cotización y afectando a futuras prestaciones.

Además, el plus de antigüedad estaría gravado como parte del salario, y se devolvería por la vía ordinaria; es decir, por la realización de la declaración de la renta, afectando así al total de lo que tienes que pagar a final de año.

¿El plus de antigüedad es obligatorio? Características legales según el Estatuto de los Trabajadores

Al contrario de lo que ocurre con otras prestaciones o complementos, la obligatoriedad del plus de antigüedad para todas las empresas no viene recogida directamente en el Estatuto de los Trabajadores, al menos en su versión actualizada en 2024. 

Por el contrario, este complemento es un derecho que se tiene que negociar en los convenios colectivos y/o en los contratos individuales. No todas las empresas están obligadas a concederlo, sino que por el contrario tendrán que acordar pagarlo o no con los trabajadores. 

Eso sí, hay sectores en los que los convenios colectivos contemplan este plus de antigüedad, recogiendo las modalidades de “acumulación” que permiten definir los periodos de tiempo que marcan los trienios y quinquenios, y la cantidad que ha de pagarse por cada uno de estos tramos. En estos casos, deberá cumplirse por obligación. 

Y por otro lado, algunas empresas en las que no se aplica ningún convenio o cuyo marco no abarca el plus de antigüedad llegan a acuerdos en lo individual por el que establecen el pago de este complemento. 

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¿El plus de antigüedad es absorbible? Absorción y compensación del plus

Otra pregunta importante respecto al plus de antigüedad es si es absorbible o compensable por conceptos salariales. En este caso, la legislación española permite que los complementos se compensen y absorban; es decir, el aumento salarial que uno obtiene puede ser absorbido por el plus de antigüedad. 

Esto se produce cuando su establecimiento es igual o superior al indicado en el convenio colectivo. En ese caso, la empresa podría alegar que ya le están pagando más del sueldo mínimo requerido, y que en consecuencia, el plus ya está implícito en la ecuación. 

Sin embargo, tal situación no es automática y debe expresarse en el convenio o contrato. De otro modo, la empresa estaría obligada a pagarlo independientemente del resto de subidas que puedan proporcionar.

Plus de antigüedad en la nómina

Si se está ofreciendo al empleado, el plus por antigüedad debería estar mostrado claramente en la nómina, lo que permite a empresa y empleado hacer un seguimiento del mismo y calcular los ingresos reales de manera más sencilla. 

Congelación del plus de antigüedad

En algunos casos, el plus por antigüedad puede ser congelado. En este caso, la consecuencia sería que ya no se siguen sumando trienios o quinquenios, pero los existentes no desaparecen. 

Esta congelación puede darse en algunas circunstancias concretas, que normalmente están reguladas en los convenios colectivos o acuerdos corporativos con los miembros de los sindicatos. 

Eso sí, una cosa importante a recordar sobre la congelación del plus antigüedad es que no tiene efecto retroactivo. Los trienios o quinquenios que ya han sido generados no se borran, sino simplemente no se ganan más complementos de este tipo en el futuro.

Conclusión

Si bien no se requiere que los empleadores otorguen un plus de antigüedad a sus empleados, dependiendo del sector en el que te encuentres, es muy probable que debas ofrecerlo según el convenio.

Mantén informados a tus empleados sobre esta información y sabrán agradecer la transparencia y claridad en este asunto tan importante que reconoce sus años de dedicación en tu empresa.