Condiciones Particulares Mensajería de Pluxee

CONTRATO DE COLABORACIÓN PARA ESTABLECIMIENTOS DE HOSTELERÍA

Condiciones Generales

Colaboración en el Servicio Mensajería de Pluxee para el envío de remesas de Cheques Restaurante de Pluxee

 

PRIMERA.- DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO

Las presentes Condiciones Generales regulan los términos de colaboración entre “PLUXEE ESPAÑA, S.A.U.”, con domicilio en la calle Vía de los Poblados, 1, Edif. C, 6ª Pt., Parque Empresarial Alvento, C.P. 28033, Madrid, provista de C.I.F./N.I.F. nº A-78604113, e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al Tomo 3.805, folio 88, hoja número M-63.990, (en adelante, “PLUXEE”), y el ESTABLECIMIENTO DE HOSTELERÍA en la prestación por parte de PLUXEE del servicio de MENSAJERÍA DE PLUXEE (en adelante, el “Servicio”). 

El ESTABLECIMIENTO DE HOSTELERÍA podrá utilizar el Servicio para agilizar el envío de sus remesas de Cheques Restaurante de PLUXEE a PLUXEE a través de una empresa de mensajería, (en adelante, la “Mensajería”), en los términos que se recogen en las presentes Condiciones Generales y de conformidad con los eventuales requisitos e instrucciones que pueda emitir PLUXEE para el ESTABLECIMIENTO DE HOSTELERÍA, de modo que PLUXEE pueda recibir dichas remesas, gestionarlas y proceder a su reembolso en los términos establecidos en las Condiciones Generales del CONTRATO DE COLABORACIÓN PARA ESTABLECIMIENTOS DE HOSTELERÍA, (en adelante, el “Contrato”), y en las respectivas Condiciones Generales y Particulares del servicio de Cheques Restaurante de PLUXEE.

 

SEGUNDA.- OBLIGACIONES DE PLUXEE 

En el marco de las presentes Condiciones Generales, PLUXEE se compromete a:

  1. Recibir las remesas de Cheques Restaurante de PLUXEE que el ESTABLECIMIENTO DE HOSTELERÍA le remita por medio del Servicio, gestionarlas y proceder a su reembolso en las condiciones establecidas en las Condiciones Generales del Contrato y en las respectivas Condiciones Generales y Particulares del servicio de Cheques Restaurante de PLUXEE.

  2. Responder frente al ESTABLECIMIENTO DE HOSTELERÍA de las pérdidas sufridas por éste a consecuencia del robo o extravío de la remesa entre el momento de la entrega de la remesa por el ESTABLECIMIENTO DE HOSTELERÍA a la Mensajería y el momento de la recepción de la remesa en PLUXEE, salvo que dichas pérdidas pudieran ser imputables al ESTABLECIMIENTO DE HOSTELERÍA como consecuencia de su actuación negligente o dolosa, incluyendo el incumplimiento de lo dispuesto en el Contrato o en las presentes Condiciones Generales.

 

TERCERA.- OBLIGACIONES DEL ESTABLECIMIENTO DE HOSTELERÍA

En el marco de las presentes Condiciones Generales, el ESTABLECIMIENTO DE HOSTELERÍA se compromete a:

  1. Enviar a PLUXEE mediante Mensajería las remesas de Cheques Restaurante de PLUXEE, según lo establecido en las presentes Condiciones Generales. No obstante lo anterior, la utilización del Servicio es potestativo para el ESTABLECIMIENTO DE HOSTELERÍA respecto a cada una de sus remesas, de modo que si el ESTABLECIMIENTO DE HOSTELERÍA opta por utilizar el Servicio, podrá utilizarlo para todas sus remesas de Cheques Restaurante de PLUXEE o únicamente para algunas. En consecuencia, las presentes Condiciones Generales únicamente serán de aplicación cuando el ESTABLECIMIENTO DE HOSTELERÍA opte por utilizar el Servicio para el envío de su remesa de Cheques Restaurante de PLUXEE.

  2. Abonar a PLUXEE los honorarios y demás cantidades establecidas en las presentes Condiciones Generales, más el IVA vigente en cada momento en contraprestación por el Servicio de Mensajería de PLUXEE. En concreto, el coste para el ESTABLECIMIENTO DE HOSTELERÍA por el envío de cada remesa a través de la Mensajería según lo dispuesto en las presentes Condiciones Generales será de TRES EUROS CON CINCUENTA CÉNTIMOS (3,50€) más el IVA vigente en cada momento.

Los honorarios de PLUXEE se cobrarán por ésta, a su elección, (i) mediante su deducción de los reembolsos de Cheques Restaurante de PLUXEE que procedan, o (ii) mediante recibo domiciliado en la cuenta corriente del ESTABLECIMIENTO DE HOSTELERÍA. En el primer caso, el ESTABLECIMIENTO DE HOSTELERÍA autoriza expresamente a PLUXEE a realizar dicha deducción. En caso de recibos domiciliados devueltos por causas ajenas a PLUXEE, los gastos de devolución serán de cargo del ESTABLECIMIENTO DE HOSTELERÍA y los intereses y daños y perjuicios que el impago hubiera causado a PLUXEE. Sin perjuicio de esto, el impago de cualquier cantidad por parte del ESTABLECIMIENTO DE HOSTELERÍA, facultará a PLUXEE, una vez reclamado el pago al ESTABLECIMIENTO DE HOSTELERÍA y no habiendo éste atendido el pago en el plazo de QUINCE (15) días desde su reclamación, a declarar la resolución de las presentes Condiciones Generales y a reclamar al ESTABLECIMIENTO DE HOSTELERÍA las cantidades adeudadas, así como los daños y perjuicios que el impago hubiera causado a PLUXEE más los intereses de demora a tenor de lo dispuesto en la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29  de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales:

  • Responder de la veracidad y autenticidad de la información y documentación facilitada a PLUXEE y a la Mensajería, manteniendo, en cualquier caso, indemne a esta parte de cualesquiera acciones, reclamaciones o procedimientos que puedan ser instados contra PLUXEE por esta causa por cualquier persona física o jurídica o entidad pública o privada, sin límite de tiempo, jurisdicción o foro.

  • Conservar una de las copias del albarán de remesa y la solapa numerada de la bolsa de seguridad para cualquier posible reclamación por robo o extravío. No se admitirá reclamación alguna que no se acompañe de copia del albarán y solapa numerada de la bolsa de seguridad. El plazo para cualquier reclamación a PLUXEE por robo o extravío será de VEINTE (20) días hábiles desde la recogida de la remesa por la Mensajería.

 

CUARTA.- OPERATIVA DEL SERVICIO

El Servicio funciona como sigue:

  1. El ESTABLECIMIENTO DE HOSTELERÍA que desee utilizar el Servicio para el envío de una remesa de Cheques Restaurante de PLUXEE se pondrá en contacto con la Mensajería enviando un email a pluxee@tip-sa.com, facilitando la siguiente información: a) nombre y C.I.F./N.I.F. del ESTABLECIMIENTO DE HOSTELERÍA, b) datos de recogida (dirección física completa de recogida, nombre, apellidos y teléfono o email de la persona de contacto), c) numeración de la bolsa de seguridad de PLUXEE.

  2. La Mensajería en un plazo de VEINTICUATRO (24) horas, recogerá la bolsa de seguridad en el lugar indicado por el ESTABLECIMIENTO COLABORADOR y lo depositará en las oficinas de PLUXEE en las VEINTICUATRO (24) horas siguientes a la recogida.

  3. El ESTABLECIMIENTO DE HOSTELERÍA incluirá en la bolsa de seguridad de PLUXEE, además de los Cheques Restaurante de PLUXEE sellados o firmados en el reverso para reembolso, una copia del albarán de remesa cumplimentada. El ESTABLECIMIENTO DE HOSTELERÍA podrá descargar el albarán de remesa de la web zonasodexo.es.

  4. En el momento de la recogida, la Mensajería entregará un albarán al ESTABLECIMIENTO DE HOSTELERÍA como justificante de la misma.

 

QUINTA.- SUPENSIÓN Y BLOQUEO DEL SERVICIO

El incumplimiento o infracción por parte del ESTABLECIMIENTO DE HOSTELERÍA de cualquiera de las Condiciones Generales del Contrato y de las presentes Condiciones Generales o de cualquier normativa o regulación, con especial mención, pero no exclusiva, a la normativa penal y de prevención de blanqueo de capitales, dará derecho a PLUXEE, previa solicitud al ESTABLECIMIENTO DE HOSTELERÍA para que subsane, en un plazo de QUINCE (15) días naturales, la referida falta o infracción cometida, si ésta fuera subsanable, a la suspensión temporal de la colaboración descrita en las presentes Condiciones Generales, pudiendo PLUXEE retener el reembolso de las remesas de Cheques Restaurante de PLUXEE al ESTABLECIMIENTO DE HOSTELERÍA hasta la eventual subsanación y, en su caso, a declarar la terminación de las presentes Condiciones Generales de no producirse la subsanación solicitada.

 

SEXTA.- INTEGRACIÓN DEL CONTRATO, ENTRADA VIGOR Y DURACIÓN DE LA COLABORACIÓN

Las presentes Condiciones Generales forman parte integrante del CONTRATO DE COLABORACIÓN PARA ESTABLECIMIENTOS DE HOSTELERÍA y serán de aplicación automática para todo ESTABLECIMIENTO DE HOSTELERÍA que haya suscrito las Condiciones Generales del CONTRATO DE COLABORACIÓN PARA ESTABLECIMIENTOS DE HOSTELERÍA y participe en el Servicio de Mensajería de PLUXEE. 

La aceptación y el cumplimiento de todos y cada uno de los términos en él indicados se configuran como condiciones previas e indispensables para la percepción de cualquier reembolso de remesas de Cheques Restaurante de PLUXEE remitidas a PLUXEE según lo regulado en las presentes Condiciones Generales. 

La duración de las presentes Condiciones Generales coincidirá con la del CONTRATO DE COLABORACIÓN PARA ESTABLECIMIENTOS DE HOSTELERÍA o, si antes, hasta que PLUXEE informe al ESTABLECIMIENTO DE HOSTELERÍA de la terminación del Servicio de Mensajería de PLUXEE, con las modificaciones que, en su caso deban proceder y que PLUXEE informará al ESTABLECIMIENTO DE HOSTELERÍA, con la suficiente antelación.

En Madrid, a 29 de noviembre de 2023.